La
digitalización del proceso de facturación electrónica ha simplificado las
obligaciones contables y tributarias, sin embargo, aún existen algunos
contribuyentes que dudan de su confiabilidad debido a que a pesar de ser
digitales, aun así pueden ser manipuladas.
Para comprobar que tus facturas son válidas, el Sistema de Administración Tributaria (SAT) cuenta con una herramienta en su página de internet que te permite verificar tus facturas recibidas y emitidas.
Paso a paso
Ingresa a la página oficial del SAT y dirígete a la pestaña “Factura electrónica”. Se desplegará un menú de opciones en el que debes de seleccionar la opción “Verificar tus facturas”.
Posterior a ello, tendrás que ingresar el folio fiscal, RFC del emisor y receptor, así como los dígitos del captcha que aparecen en una imagen. Dar clic en el botón “Verificar CFDI”.
Después de haber realizado este proceso aparece un mensaje, si el resultado es positivo se podrá imprimir, pero en caso de no serlo y que no exista la factura, se mostrará un mensaje que indica que el comprobante no se encuentra registrado.
Si la factura electrónica que buscas verificar no se encuentra registrada en el SAT y tiene menos de 72 de horas de haber sido emitida, puedes volver a intentarlo más tarde.
Una factura electrónica válida debe contener lo siguiente:
· Clave del Registro Federal de Contribuyentes de quien lo expida.
· Sí se tiene más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan las Facturas Electrónicas.
· Régimen fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR.
· Contener el número de folio asignado por el SAT y el sello digital del SAT.
· Sello digital del contribuyente que lo expide.
· Lugar y fecha de expedición.
· Clave del Registro Federal de Contribuyentes de la persona a favor de quien se expida.
· Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes, mercancías o descripción del servicio o del uso y goce que amparen.
· Valor unitario consignado en número.
· Importe total señalado en número o en letra.
· Señalamiento expreso cuando la contraprestación se pague en una sola exhibición o en parcialidades.
· Cuando proceda, se indicará el monto de los impuestos trasladados desglosados por tasa de impuesto y, en su caso, el monto de los impuestos retenidos.
· Forma en que se realizó el pago (efectivo, transferencia electrónica de fondos, cheque nominativo o tarjetas de débito, de crédito, de servicio o la denominada monedero electrónico que autorice el SAT.
· Número y fecha del documento aduanero, tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación.