Existen algunos gastos deducibles que podemos seleccionar para que la Declaración de la Renta resulte a favor del contribuyente.
El día de hoy 6 de abril inicia la campaña para enviar la Declaración de la Renta referente al ejercicio económica de 2021 y aún existen muchas dudas por parte de los contribuyentes, que desean que el resultado final les sea favorable.
Antes de esta fecha, los contribuyentes pudieron realizar un simulacro de cómo podría ser el resultado emitido por la Agencia Tributaria, esto gracias a que dicha organización facilita un simulador de la declaración.
Este es uno de los momentos más relevantes de todos los contribuyentes de Hacienda pues es de gran importancia saber si la Declaración de la Renta les ha salido negativa o positiva.
Una de las cosas que podemos hacer para que la declaración resulte a favor del ciudadano es conocer todos los gastos deducibles. Los cuales podemos declarar en el documento para evitar el pago de algunos impuestos.
Gastos deducibles
A continuación, se muestran algunos gastos deducibles que pueden ayudarte a tener un resultado favorable en tu declaración.
1.- Maternidad: En este caso, las madres con hijos menores de 3 años podrán ser beneficiarias de hasta 1.200 € anuales. Además, también se le pueden sumar los gastos educativos y otras necesidades básicas.
2.- Discapacidad: El grado de discapacidad deberá acreditarse mediante certificado o resolución expedido por el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO). También valdrá la resolución emitida por el órgano competente de las Comunidades Autónomas (CC.AA.).
3.- Afectados por el volcán de la Palma: Esta es una novedad que se ha introducido este año en la declaración. Y es que estas personas están exentas de tributar el IRPF de su comunidad en su declaración.
4.- Compra de una vivienda: En este caso, podrá desgravarse hasta el 15% de la compra de viviendas adquiridas a partir del 1 de enero de 2013.
5.- Donaciones: Las personas que hayan realizado alguna donación en el año 2021 también podrán deducir este gasto en la Declaración de la Renta. Siempre y cuando hayamos realizado dicha donación a una entidad acogida a la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.
Existen otras deducciones que puedes realizar en tu declaración para que el resultado sea favorable. Es por esto que, te recomendamos te informes al máximo para que salgas beneficiado de un trámite que todos los ciudadanos con ingresos debemos realizar de forma anual.