El ABC del aguinaldo
¿Sabes lo suficiente sobre esta prestación?

¿Eres empleador y no tienes idea cómo se debe pagar?

En estas épocas decembrinas, algo que esperamos con ansias nosotros los asalariados es el aguinaldo, ese dinerito extra que nos servirá para afrontar los gastos de fin de año, sin embargo se conoce poco sobre su origen.

Por ello antes de mostrarles como se puede calcular el aguinaldo de sus empleados, les enseñaré un poquito de su origen. Esta maravillosa palabra viene del latín “hoc in anno”, que significa en este año, que si la combinamos con la palabra “strenae” que usaban los antiguamos romanos, tendríamos la bonita frase de “Estrenar este año”, lo cual resulta muy agradable. De hecho los antiguos romanos intercambiaban regalos con sus amigos como señal de buen augurio.

Y bueno después de este breve prólogo, les comento, aquí en México, el aguinaldo es una bonificación monetaria que se otorga a los trabajadores, ya sean de base, planta, confianza, sindicalizados, contratados por obra, por tiempo indeterminado o eventuales al final de un año de trabajo y adquirió un estatus de obligación laboral en 1970, cuyo pago a trabajadores ha sido impuesto a los patrones mediante una enmienda en la Ley Federal del Trabajo, que dispone que se debe entregar una cantidad no inferior al monto del sueldo quincenal dentro de los primeros 20 días del mes de diciembre a los empleados. Pero sí tu empleado tiene menos de 1 año en el trabajo o renuncia antes del 20 de diciembre, entonces debes otorgarle la parte proporcional al período laborado.

Ahora bien aquellos que estén contratados por honorarios, no tienen derecho a aguinaldo, a menos que exista una subordinación laboral mediante la prestación de servicios permanentes a un solo patrón, cubra un horario de trabajo con duración de 8 horas, reciba instrucciones de un superior inmediato y tenga un lugar fijo de trabajo dentro de la empresa.

En cuanto a lo que concierne al pago, este solamente se podrá efectuar mediante:

  • Depósito a cuenta bancaria

  • Tarjeta de débito

  • Transferencia o cualquier otro medio electrónico

Y bajo ninguna circunstancia está permitido hacerlo con:

  • Mercancías

  • Vales

  • Fichas o cualquier otro signo representativo con el que se pretenda sustituir la moneda en curso legal

Y si te estas preguntando entonces, ¿Cómo voy calcular los aguinaldos? Te comento, la Ley Federal del Trabajo (LFT) indica que el aguinaldo debe ser equivalente a por lo menos 15 días de salario.

    Odoo - Prueba 1 a tres columnas

    1.- Para calcularlo se sugiere dividir el salario mensual sin prestaciones entre 30 días.

    Odoo - Prueba 2 a tres columnas

    2.- El resultado tendrá que multiplicarse por los días de aguinaldo que como patrón vayas a otorgar. Pero recuerda que el mínimo es de 15 días.

    ¡Ojo! Si alguno de tus empleados se incapacito por embarazo o accidente de trabajo, se cuentan cómo días trabajados, estén o no asegurados, por lo que no se deben hacer descuentos en el aguinaldo.

    Como ya pudiste ver, el aguinaldo, es una gratificación antigua que se ha ido transformando conforme a las nuevas generaciones y sus necesidades, pero que continúa manteniendo su esencia y esa bonita finalidad de recibirlo como un buen presagio para el año que viene.

    El ABC del aguinaldo
    SIFEI, Mary Mendoza
    23 diciembre, 2017
    Comparte Esta Publicación
    ArchivO
    Últimos días de la franquicia de verano 2017
    SAT otorga facilidades a los compatriotas que visitan México