1.- Para calcularlo se sugiere dividir el salario mensual sin prestaciones entre 30 días.
2.- El resultado tendrá que multiplicarse por los días de aguinaldo que como patrón vayas a otorgar. Pero recuerda que el mínimo es de 15 días.
¡Ojo! Si alguno de tus empleados se incapacito por embarazo o accidente de trabajo, se cuentan cómo días trabajados, estén o no asegurados, por lo que no se deben hacer descuentos en el aguinaldo.
Como ya pudiste ver, el aguinaldo, es una gratificación antigua que se ha ido transformando conforme a las nuevas generaciones y sus necesidades, pero que continúa manteniendo su esencia y esa bonita finalidad de recibirlo como un buen presagio para el año que viene.