Diferencias en el Estándar
De acuerdo con el estándar publicado (Complemento de pagos) Se establece que:
"Si el valor del atributo MonedaDR es MXN y diferente al valor registrado en el atributo MonedaP, el atributo TipoCambioDR debe tener el valor "1"
Pero también dice que "Se debe registrar el número de unidades de la moneda señalada en el documento relacionado que equivalen a una unidad de la moneda del pago"
Por lo que el SAT notificó que no se debe aplicar la primera por que al realizar la validación del campo “Monto”; que indica que la suma de los valores registrados en el nodo “DoctoRelacionado”, atributo “ImpPagado” sea menor o igual que el valor del campo “Monto”, nunca se cumpliría y se rechazaría el timbrado.
En todo caso, lo que se tendría que aplicar es, sí la MonedaDR es MXN y distinta a MonedaP debe indicar para el atributo TipoCambioDR cuántas unidades de la moneda del documento relacionado (MXN) forman una unidad de la moneda de pago (USD)
Ejemplo: 18.691100 MXN = 1 USD
Es decir el atributo TipoCambioDr, es el encargado de relacionar los tipos de moneda del documento relacionado y el comprobante de pago. Por ello cuando emitas un comprobante con complemento de pagos, se tendrá que hacer uso del atributo "TipodeCambioDR" de ser que te hagan pagos con otro tipo de moneda, deberás entonces preguntarte ¿cuántos pesos equivalen a un dolar, o la moneda en que te están abonando?
Para que puedas observar lo que te comento, te invito a verificar el Estándar en las páginas 13 y 31. Y desde luego no dejes de leer nuestros artículos continuaremos subiendo más información importante para ti.