La emisión de facturas es una
práctica fundamental en el mundo empresarial. Sin embargo, no todas las
transacciones comerciales son iguales, y en ocasiones, es necesario incorporar
información adicional para cumplir con las regulaciones fiscales y brindar
mayor claridad en las operaciones. Una de estas situaciones donde se vuelve
crucial emitir facturas con el complemento "Carta Porte" se presenta
en el transporte de mercancías.
No emitir facturas con el complemento "Carta Porte" en el contexto del transporte de mercancías puede tener serias consecuencias tanto legales como financieras para las empresas, a continuación te informamos algunas de ellas.
Sanciones
Multa por reincidencia
El SAT también contempla dentro de las sanciones a aquellos transportistas que reinciden en cometer faltas relacionadas con el complemento Carta Porte.
En caso de reincidencias, según lo estipulado en el artículo 83, fracción VII de CFF, la sanción puede ir de $19,700 a $112,650.
Además, se pueden aplicar clausuras preventivas de 3 a 15 días, para determinar dicho plazo se tomará a consideración lo previsto por el artículo 75 del CFF.
Multa por no exhibir el complemento Carta Porte
Si durante el traslado de los bienes o mercancías, el transportista no cuenta con la documentación correspondiente relacionada con el servicio, estará en problemas.
La sanción por no traer y exhibir la Carta Porte en formato impreso o digital, podrá ir desde los $760 y hasta los $14,710.
Multa por no expedir o acompañar las Mercancías
De $880 a $17,030 por no acompañar la documentación que ampara las mercancías en el transporte de territorio nacional.
Multa por CFDI que no cuente con complemento
Por cada comprobante fiscal que se emita y no cuente con los complementos que se determinen mediante reglas.
De $400 a $600 por cada comprobante fiscal.
¡Que el SAT no te multe!
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