En un blog anterior te hablamos sobre los gastos que puedes deducir en tu declaración anual. En este blog te comentaremos los puntos importantes que el SAT recomienda seguir en cada uno de los gastos deducibles.
Recuerda pedir tu factura, solo necesitas dar tu RFC.
Gastos médicos
Para que sea considerado en tu declaración anual debes evitar deducir:
·Medicinas compradas en farmacias.
·El 100% de tu factura cuando incluya otros conceptos no deducibles como copago, coaseguro, membresías de descuento, en hospitales: florería y cafetería, etc.
·Gastos cuando no exista el comprobante fiscal correspondiente emitido en el ejercicio que aplique.
·Gastos médicos de tus mascotas.
·Cuando recibas tu
factura, cerciórate que la clave de producto y servicio que te consideraron
corresponda a las claves relacionadas con este tipo de deducción
personal.
Si adquiriste un seguro de gastos médicos
mayores, recuerda que las primas son deducibles, pero en tu declaración anual
las debes aplicar dentro del tipo de deducción Primas de seguros de gastos médicos
y no como un gasto médico.
*No podrás deducir facturas pagadas en efectivo.
Gastos funerarios
Para que sea considerado en tu declaración anual debes evitar deducir:
·Servicios funerarios a futuro, planes de previsión, seguros de vida y de gastos funerales, ya que únicamente son deducibles los efectivamente ejercidos en el año.
·El 100% de tu factura cuando incluya otros conceptos no deducibles como servicio de cafetería y/o exhumación.
·Gastos cuando no exista el comprobante fiscal correspondiente, emitido en el ejercicio que aplique.
·Gastos funerarios de tus mascotas.
·Verifica que el dato "Uso del CFDI" sea por gastos funerarios.
·Cuando recibas tu factura, cerciórate que la clave de producto y servicio que te consideraron corresponda a las claves relacionadas con este tipo de deducción personal.
Donativos
Para que sea considerado en tu declaración anual debes evitar deducir:
·Donativos, si no se
otorgaron a donatarias autorizadas o a la federación.
·Donativos cuando no
exista el comprobante fiscal correspondiente emitido en el ejercicio que
aplique.
·Cuando recibas tu
factura, cerciórate que la clave de producto y servicio que te consideraron
corresponda a las claves relacionadas con este tipo de deducción personal.
Colegiaturas
Para que sea considerado en tu declaración anual debes evitar deducir:
·Cantidades que excedan
del límite deducible por cada nivel escolar.
·El 100% de tu factura
cuando incluya otros conceptos (inscripción, reinscripción, becas o apoyos
económicos, útiles escolares, uniformes, actividades recreativas, recargos,
cursos extracurriculares, entre otros) no deducibles.
·Gastos cuando no exista
el comprobante fiscal correspondiente emitido en el ejercicio que aplique.
·No podrás deducir
facturas pagadas en efectivo.
·Cuando recibas tu
factura, cerciórate que la clave de producto y servicio que te consideraron
corresponda a las claves relacionadas con este tipo de deducción personal.
Aportaciones complementarias
En el mes de febrero del año siguiente a
tus aportaciones, la institución que las reciba debe emitirte un comprobante
fiscal que corresponderá a la constancia anual y es el mismo que será
considerado para el prellenado de tu declaración anual.
Siempre que recibas tu constancia, revísala y cerciórate que el campo "Uso
del CFDI" sea por aportaciones voluntarias al SAR.
Recuerda que el contrato de apertura de la cuenta, deberá contener, cuando menos, lo siguiente:
·La mención de ser un plan de retiro.
·Los efectos fiscales de
las aportaciones al plan personal de retiro, de los rendimientos que ellas
generen y del retiro de ambos.
Créditos hipotecarios
Si tienes créditos hipotecarios, asegúrate
que la institución donde lo adquiriste tenga registrado tu RFC correcto, revisa
tu comprobante fiscal y cerciórate que:
·Contenga la ubicación
del inmueble hipotecado.
·Incluya el monto de los
intereses nominales devengados, así como los pagados en el ejercicio.
·El campo "Uso del
CFDI" sea por intereses reales efectivamente pagados por créditos
hipotecarios.
Para que sea considerado en tu declaración anual debes evitar deducir otros conceptos distintos a los intereses reales como seguros, recargos, intereses ordinarios, servicios financieros, honorarios.
Nota: La información que se considera para el prellenado de tu declaración
anual proviene de los datos que tu institución financiera informa al SAT en su
declaración de intereses.
Cuentas para el ahorro
Puedes deducir depósitos en cuentas personales y especiales para el ahorro o pagos de primas de seguros que tengan como base un plan personal relacionado con edad, jubilación o retiro.
Siempre que cumplan con los requisitos de permanencia y los realices antes de presentar la declaración anual.
El monto de estos pagos o depósitos no deben exceder en el año de $152,000.00
Siempre que recibas tu constancia,
revísala y cerciórate que:
·El importe de los depósitos o pagos de primas para el retiro corresponda a las realizadas durante el ejercicio y que señale el tipo de aportación o depósito realizado.
·Contenga la leyenda “se
constituye en términos del artículo 185 de la LISR”.
·El campo "Uso del
CFDI" sea por depósitos en cuentas para el ahorro, primas que tengan como
base planes de pensiones.